SE APRUEBAN REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA DE MOVILIDAD Y DE DERECHO DE PETICIÓN.
La LXIII Legislatura aprobó otorgar post-mortem, la Presea al Mérito “Plan de San Luis”, año 2023, al extinto Enrique Auces Maciel, que se entregará a su cónyuge supérstite C. Victoria Alonso Herrera, en Sesión Solemne ante la presencia de los Titulares de los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado, en el “Teatro de la Paz” declarado recinto oficial provisional, el 22 de abril de 2024.
El extinto Enrique Auces Maciel, nació en la Ciudad de San Luis Potosí el 17 de julio de 1956, y falleció el 18 de febrero de 2019. Fue el segundo de 5 hijos del matrimonio de María del Refugio Maciel Moreno (+) y Margarito Auces Castillo (+), donde se destacó por su espíritu de ayuda a los demás.
En el Tecnológico Regional de San Luis Potosí, estudió la carrera de Ingeniería Industrial en Electrónica, donde llegó a ser Presidente de mesa de pasantes generación 1976-1980.
Dedicó más de 30 años al negocio familiar llamado «Alaska Nevería», en donde aprendió principios y valores fundamentales, siendo su filosofía de vida el desarrollo humano pues lo considera como una verdadera opción para lograr una vida plena. En 1999, sus esfuerzos se cristalizaron al fundar Trayectoria de Éxito S. C. iniciativa privada sin fines de lucro que ideó, fundó y dirigió desde 1999 hasta febrero 2019, siendo el propósito el fortalecer la cultura del reconocimiento en nuestro estado, promoviendo eventos de reconocimiento a personas destacadas y destacables como una fuente generadora de modelos de vida para la comunidad con énfasis en la juventud.
Al entregar la Presea «Trayectoria de Éxito» surge la idea de compartir estas experiencias de vida a las nuevas generaciones en sus aulas de clase, donde escuchan los estudiantes lo que no está plasmado en ningún libro, a esto lo llamó “Enlaces Generacionales”, y de ahí se desprende en el año 2006 el Certamen «Medalla Estudiantes Ejemplares» reconocimiento al alto desempeño académico.
Los dos reconocimientos, se han convertido en una aspiración por conseguir, ya que los motiva a seguir trabajando por sus sueños y alcanzar sus objetivos.
La Presea al Mérito “Plan de San Luis” es el reconocimiento otorgado a los ciudadanos potosinos que a través de su obra intelectual, política, social o por sus actos cívicos y su inquebrantable servicio han contribuido a las mejores causas del pueblo mexicano.
Otros dictámenes.
Se aprobó por unanimidad la reforma los artículos, 10, 102 en su fracción XVIII, 104, y 105, de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, para precisar la denominación del Instituto de Fiscalización Superior del Estado, además puntualizar el nombre de la unidad investigadora del órgano interno de control, y dar formalidad en el Ordenamiento, a la unidad substanciadora, de conformidad con lo previsto en la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.
También se aprobó por unanimidad reforma la fracción III del artículo 282 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí, para la inclusión de la vivienda de interés social en la densificación, a efectuarse bajo los términos de esta Ley y otras aplicables, para que se deban observar los requisitos en materia de ordenamiento territorial, calidad y espacio de la vivienda y medio ambiente, entre otros.
Se establece que el reordenamiento, renovación o densificación de áreas urbanas deterioradas, aprovechando adecuadamente sus componentes sociales y materiales; en caso de la densificación, ésta deberá de incluir, si fuera viable, la creación de vivienda de interés social bajo los términos de esta Ley y otras aplicables.
Reformas constitucionales.
Se aprobó por unanimidad la adición del párrafo quinto al artículo 8º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para reconocer el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, en los términos que establezcan las leyes aplicables.
También se aprobó por unanimidad la reforma el primer párrafo de la fracción II, y la fracción III; y adiciona la fracción IV, por lo que se recorre la subsecuente, todas del artículo 26 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para establecer el derecho de petición, el cual deberá formularse por escrito, de manera pacífica y respetuosa.
Se señala que a toda petición recaerá acuerdo escrito de la autoridad a la que se haya dirigido, la cual deberá de hacerlo del conocimiento de la persona peticionaria, en breve término.
Por mayoría, se aprobó la solicitud licencia por tiempo indeterminado para separarse d