EN SESIÓN ORDINARIA, SE APROBARON REFORMAS A LA LEY DE TRANSPORTE PÚBLICO DEL ESTADO

EL REQUISITO CONSISTENTE EN LA CARTA DE NO ANTECEDENTES PENALES PARA LA OBTENCIÓN DE LA LICENCIA ESPECIAL PARA LA CONDUCCIÓN DE LOS VEHÍCULOS QUE SE ENCUENTRAN AFECTOS A LOS SISTEMAS Y MODALIDADES DEL SERVICIO ESTATAL DE TRANSPORTE

En Sesión Ordinaria, se aprobaron reformas a la Ley de Transporte Público del Estado, para eliminar el requisito consistente en la carta de no antecedentes penales para la obtención de la licencia especial para la conducción de los vehículos que se encuentran afectos a los sistemas y modalidades del servicio estatal de transporte.

También se elimina la limitante consistente en la edad mínima para ser operar de transporte público, en cualquiera de sus modalidades, toda vez que dicha distinción resulta discriminatoria para las personas jóvenes, de manera menos favorable solamente por su edad, lo cual genera un daño en su dignidad, apoyada exclusivamente en estereotipos o estigmas asociados a la edad, inexperiencia o la poca destreza o falta de pericia, sin considerar de antemano sus capacidades y aptitudes.

Por ello, se establece el deber aprobar, además del examen médico, y toxicológico, la capacidad visual, así como acreditar los permisos de conducción necesarios, para poder llevar a cabo el servicio de transporte público con base en los principios de eficacia, eficiencia y máxima calidad.

Se indica que es fundamental eliminar de las normas locales cualquier sesgo que provoque o incida en el trato diferenciado hacia determinados grupos de personas, máxime cuando no se basa en situaciones objetivas, excluyéndolas de la oportunidad de acceder a un trabajo lícito.

El Dictamen respectivo, reforma los artículos, 51 en su fracción I el inciso h); y 67 en su fracción III el inciso a); y deroga a los artículos, 51 fracción I el inciso e), y 67 fracción III los incisos, b), y c) de y a la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí

Otros dictámenes

Se aprobó por unanimidad, el Decreto que reforma el artículo 94 en su fracción XXIV de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí. Y reforma el artículo 4º en su fracción V inciso a) el punto 2.1, y el artículo 22, de la Ley Reglamentaria del Artículo 133 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, en Materia de Remuneraciones, para actualizar la denominación del órgano fiscalizador de la Entidad, el Instituto de Fiscalización Superior del Estado.

También por unanimidad, se aprobó el Decreto que reforma los artículos, 9º en su fracción IV el inciso h), 78, y en el Título Quinto la denominación del Capítulo XV, de la Ley del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de San Luis Potosí, para actualizar los conceptos de Fiscalía General del Estado, y del Instituto de Migración de Enlace Internacional.

Se aprobó la reforma los artículos, 8º en su fracción III el inciso a), 18 en sus párrafos, primero, y sexto; adiciona al artículo 8º el párrafo décimo primero, recorriéndose los subsecuentes; y deroga el artículo 3º, y del artículo 18 el párrafo segundo de la Ley de Cuotas y Tarifas para la Prestación de Servicios Públicos de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado, Saneamiento y Disposición Final de Aguas Residuales del Organismo Operador Intermunicipal, de los Municipios de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., ejercicio fiscal 2024, para corregir un error involuntario y establecer el servicio medido industrial en $32.73.

Se aprobó reforma los artículos, 23 en su fracción I, 24 en su numeral 4 del inciso e) de su fracción III, y la última fracción identificada como I pasa a ser IV, de la Ley de Ingresos del Municipio de Zaragoza, S.L.P., para el ejercicio fiscal 2024, publicada en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”, como Decreto Legislativo número 0988, el 31 de diciembre de 2023, para corregir un error e incorporar disposiciones en relación a licencias de construcción o modificación.

Diputadas integrantes de los distintos Grupos y Representaciones Parlamentarias que integran la LXIII Legislatura, presentaron Discursos por el Día internacional de la Mujer, el 8 de marzo, donde pusieron de manifiesto su compromiso por impulsar y promover los derechos de las mujeres.

A las comisiones legislativas, se turnó la correspondencia enviada por el propio Poder Legislativo; los demás Poderes del Estado; los ayuntamientos; organismos: paramunicipales; e intermunicipal; y los poderes de otras entidades del país.

Se emitió Declaratoria de caducidad Puntos de Acuerdo turnos números: 4538; 4432; y 4536 de la Sexagésima Tercera Legislatura.

Protesta diputado suplente.

Antes, en Sesión Solemne, el diputado suplente Cruz Felipe Fragoso Portales rindió protesta de ley.

Reestructuración de Comisiones.

Se aprobó el Acuerdo de la Junta de Co

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