by Redacción | Feb 6, 2026 | CONGRESO
SE PROPONE EXPEDIR LA LEY PARA LA DETECCIÓN Y TRATAMIENTO OPORTUNO E INTEGRAL DEL CANCER EN LA INFANCIA Y EN LA ADOLESCENCIA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.
Con el objetivo de atender la problemática en la atención del cáncer infantil, la diputada Frinné Azuara Yarzábal, propuso la iniciativa para expedir la Ley para la Detección y Tratamiento Oportuno e Integral del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia del Estado de San Luis Potosí.
La legisladora señala que esta nueva legislación, tiene por objeto establecer lineamientos para el oportuno diagnóstico, registro, atención integral, tratamiento, rehabilitación, control y seguimiento así como la vigilancia epidemiológica del cáncer en la infancia y la adolescencia, para contribuir en la disminución de la mortalidad, con estándares de calidad, seguridad y control que garanticen el derecho a la salud consagrado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las disposiciones generales en materia de salud y detección oportuna del cáncer.
Señala que estas disposiciones estarán en concordancia con lo establecido en la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, vigente desde 2021, la cual establece derechos y obligaciones que deben ser replicados y fortalecidos en el ámbito estatal.
Se establece que la Secretaría de Desarrollo Social y Regional y la Secretaría de Salud, en el ámbito de sus competencias, serán las autoridades encargadas de la instrumentación de la Ley, para lo cual impulsarán la participación de los sectores social y privado, así como de la sociedad en general, con el fin de fortalecer los servicios integrales en la materia.
Para tal efecto, promoverá la creación de la Red de Apoyo, y del Frente de Colaboración, con la finalidad de facilitar el acceso a los pacientes y sus familiares a la información relativa a la cobertura de servicios de atención médica y asistencial.
Se consideran como Agentes de Ayuda a las Asociaciones civiles, Organismos no gubernamentales, personas Físicas y Jurídicas, estatales, nacionales o internacionales, que de manera voluntaria ejercen de forma honorifica y altruista, acciones que contribuyen económica, académica, material o humanamente en la satisfacción de los requerimientos y necesidades de los niños, niñas y adolescentes con diagnóstico de cáncer, quienes se integrarán en un Frente de Colaboración.
La Red Estatal, se constituye por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí; la Secretaría de Desarrollo Social y Regional (SEDESORE); la Secretaría de Educación; la Secretaría de Salud; la Subsecretaría de Derechos Humanos y Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de Gobierno del Estado de San Luis Potosí; el DIF San Luis Potosí; DIF Municipales; y el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud San Luis Potosí, quienes definirán los mecanismos de coordinación y colaboración para el fortalecimiento de la atención integral del cáncer infantil en el Estado de San Luis Potosí.
En el aspecto presupuestal se estima que la Ley no implica la creación de nuevas instancias públicas o la creación de nuevas plazas que requieran incorporarse al presupuesto de egresos del Gobierno del Estado, toda vez que el dinero destinado a las estrategias que contiene esta ley, así como el gasto que implicaría ya se encuentra presupuestado en el Proyecto de Egresos.
Ahora bien, se celebrarían convenios de participación de sectores social y privado; al respecto de los donativos en especie y monetarios realizados a las organizaciones y asociaciones civiles, se realizarán en torno a los ordenamientos legales y las atribuciones existentes, recalcando que podrán ser por parte de agentes de ayuda y colaboradores actuando en pro del desarrollo del programa y/o sus objetivos.
En su exposición de motivos, la legisladora señala que el cáncer infantil y adolescente constituye una de las principales causas de mortalidad en menores de 18 años en México.
En San Luis Potosí, los servicios de salud reportan entre 60 y 70 casos nuevos anuales en población sin derechohabiencia, con predominio de leucemias, linfomas y tumores del sistema nervioso central.
El Hospital Central diagnosticó 36 casos en 2022, mientras que organizaciones como AMANC atienden actualmente a más de 600 niñas y niños, de los cuales 140 están en tratamiento activo.
La evidencia nacional confirma la magnitud del problema: en 2023, el cáncer causó 91,562 defunciones en México (11.4% del total), con una tasa de mortalidad de 70.8 por cada 100,000 habitantes. En población pediátrica, la incidencia es de 89.6 por millón, con mayor riesgo en menores de 5 años.
La iniciativa cuenta con el respaldo de la comunidad médica, y se turnó para su análisis a las comisiones de Salud y Asistencia Social; y Hacienda del Estado.
by Redacción | Ene 30, 2026 | CONGRESO
TAMBIÉN, SE ESTABLECEN FACULTADES DE LA UNIDAD PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES: DIP. LUIS FELIPE CASTRO.
La Comisión de Normatividad Legislativa y Prácticas Parlamentarias aprobó reformar la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el Reglamento del Congreso del Estado de San Luis Potosí, a fin de fortalecer las atribuciones de la Comisión de Igualdad de Género, y de la Unidad para la Igualdad de Género y Prevención de la Violencia contra las Mujeres del Congreso del Estado.
El diputado Luis Felipe Castro Barrón, presidente de esta comisión legislativa, señaló que estas reformas buscan robustecer el trabajo en materia de igualdad de género, que se vea expresado en una trasversalidad en las normas a revisión y el tratamiento de los asuntos relativos a la prevención de violencia contra las mujeres.
“Estamos buscando que las acciones en materia de igualdad de género en el Congreso del Estado, sobre todo dando esa perspectiva en las diferentes iniciativas, dictámenes y sobre todo hacia donde se dirigen, para que sean atendidas por la comisión respectiva, y para fortalecer el trabajo de la propia Unidad para la Igualdad de Género”.
La reforma establece, como parte de las atribuciones de la Comisión de igualdad de Género, para conocer, dictaminar, emitir opinión, atender o resolver los asuntos relacionados con los derechos humanos de las mujeres; la prevención, atención, sanción y eliminación de la discriminación y violencia contra las mujeres y géneros divergentes; el empoderamiento y desarrollo sostenible de las mujeres; la eliminación de los roles y estereotipos de género; la transversalización de la perspectiva de género; y los demás asuntos en materia de igualdad entre hombres y mujeres.
En el Reglamento del Congreso del Estado, se establece que la a Unidad para la Igualdad de Género y Prevención de la Violencia contra las Mujeres, será una entidad dependiente de la JUCOPO.
Tendrá entre sus atribuciones el elaborar el plan anual de acciones y de capacitación, para la impartición de cursos, talleres, conversatorios, conferencias, de conformidad conforme a los lineamientos generales para la capacitación y certificación de los entes públicos y personas encargadas de la Unidad para la Igualdad de Género, emitidos por la Secretaría de la Mujer
by Redacción | Ene 28, 2026 | CONGRESO
SE BUSCA PREVENIR Y ERRADICAR INCIDENCIA DE CASTIGOS FÍSICOS Y HUMILLANTES EN LA NIÑEZ: DIP. MIREYA VANCINI VILLANUEVA
En reunión de trabajo, integrantes de la Comisión de Niñas, Niños, Adolescentes, Juventud y Deporte aprobaron reformar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, para impulsar acciones que fomenten la crianza positiva, dirigidas a quienes ejercen la patria potestad, tutela, guarda, custodia o cualquier persona que incida en el cuidado y atención de niñas, niños y adolescentes.
La diputada Mireya Vancini Villanueva, presidenta de esta comisión legislativa, indicó que la crianza positiva se define en esta reforma, como el conjunto de prácticas de cuidado, protección, formación y guía que ayudan al desarrollo, bienestar y crecimiento saludable y armonioso de las niñas, niños y adolescentes, tomando en cuenta su edad, facultades, características, cualidades, intereses, motivaciones, límites y aspiraciones, sin recurrir a castigos corporales ni tratos humillantes y crueles, salvaguardando el interés superior de la niñez con un enfoque de derechos humanos.
Señala que esta reforma, propuesta por la diputada Diana Ruelas Gaitán, busca prevenir y erradicar la incidencia de castigos físicos y humillantes, que puedan ser considerados como la base del desarrollo de la niñez e impulsar una crianza basada en el respeto irrestricto de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, de su vida y su dignidad, para que sean la base del actuar de la sociedad, del entorno y de las autoridades.
Por ello, la importancia de incluir la definición de crianza positiva y se adecuar las disposiciones en torno a incorporar este tipo de prácticas en quienes tienen bajo su cuidado a niñas, niños y adolescentes, así como en el actuar de autoridades e instituciones públicas.
El dictamen se turnará al Pleno para su votación.
by Redacción | Ene 18, 2026 | CONGRESO
FUE APROBADO UN PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTARLOS A GENERAR LOS PROTOCOLOS DE ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD
El pleno del Congreso del Estado aprobó un punto de acuerdo presentado por la diputada Brisseire Sánchez López, que exhorta a los 59 ayuntamientos de los municipios para que, de acuerdo a sus atribuciones, lleven acciones dirigidas a mitigar los efectos negativos que traen consigo los frentes frio para la población, en especial para personas en situación de vulnerabilidad.
De acuerdo a sus atribuciones, deben generar los protocolos de atención a personas en situación de vulnerabilidad ante los frentes fríos, e implementen campañas de información y concientización sobre el uso de calentadores, fogones y fogatas, así como la quema de leña o carbón a efecto de contrarrestar las bajas temperaturas.
Afirmó la legisladora que, como es recurrente, cada año se presentan frentes fríos en el territorio potosino, lo que trae consigo ondas gélidas, lluvias y eventos de Norte, los cuales representan una amenaza en diversos aspectos para la población en especial para aquellos que se encuentran en estado de vulnerabilidad, así como también para la agricultura y la ganadería.
Un frente frío es el choque de dos masas de aire, una fría y una cálida, provocando la formación de tormentas severas y eventos de Norte, impulsados por una masa de aire frío, a una velocidad aproximada entre 40 y 60 km/h, dejando un enfriamiento del aire sobre la región por donde pasan.
La Coordinación Estatal de Protección Civil de San Luis Potosí (CEPC), en colaboración con el Servicio Meteorológico Nacional, anunció que se tiene un pronóstico de 48 frentes fríos para la temporada invernal 2025-2026.
Se distribuirán a lo largo de los meses, con un pico de siete en diciembre; seguidos por seis en noviembre, enero y marzo; cinco en septiembre, octubre, febrero y abril y tres en mayo. En el país y en consecuencia en el estado potosino, las heladas y las bajas temperaturas ocurren esencialmente, durante los meses de noviembre a marzo, siendo diciembre y enero los de mayor impacto; teniendo como antecedente regiones del Altiplano y la Huasteca, particularmente en Real de Catorce y Xilitla, en donde se llegan a registrar descensos extremos de temperatura e incluso nevadas.
La diputada Sánchez López expuso que San Luis Potosí no se encuentra exento de presentar frentes fríos cada año, trayendo consigo fenómenos como heladas y lluvias.
El fenómeno de la helada puede provocar principalmente pérdidas a la agricultura y afectar la salud de la población de las zonas rurales y urbanas, siendo que sus inclemencias las sufren, sobre todo, las personas que habitan en casas frágiles o que son indigentes, así como los niños y personas de la tercera edad, y personas indígenas.
Es necesario que se haga llegar a la población información respecto al uso de leña y demás combustibles para fogones y fogatas; además de hacer llegar elementos que ayuden a restar el frio, enfocándose principalmente en las personas en situación de vulnerabilidad, que suelen ser los más afectados durante estas temporadas.
by Redacción | Ene 15, 2026 | CONGRESO
PERSONAS QUE HABITAN ZONAS DE RIESGO REQUIEREN INFORMACIÓN OPORTUNA ANTE CUALQUIER SITUACIÓN EXTRAORINARIA, DIP. BRISSEIRE SÁNCHEZ LÓPEZ
Para revisar y, en su caso, fortalecer el Programa de Protección Civil ante riesgos derivados de fenómenos naturales, el Congreso del Estado aprobó un punto de acuerdo para exhortar a los municipios de la zona Huasteca a coordinar esfuerzos con la Coordinación Estatal de Protección Civil.
La diputada Brisseire Sánchez López, promotora del exhorto, explicó que va dirigido a las Coordinaciones Municipales de Protección Civil de Tamazunchale, Matlapa, San Vicente Tancuayalab, Tamuín, Tampacán, Aquismón, Axtla de Terrazas, Coxcatlán, San Martín Chalchicuautla, Huehuetlán y Xilitla.
Es fundamental que los municipios trabajen de manera conjunta con la Coordinación Estatal de Protección Civil, así como con instituciones y organismos de los sectores público, social, privado y académico, además de grupos voluntarios y la población en general, a fin de revisar el programa aplicable a riesgos provocados por fenómenos naturales.
Uno de los propósitos principales es establecer medios de comunicación adecuados con las comunidades, para que las personas que habitan en zonas de riesgo cuenten con información oportuna ante cualquier situación extraordinaria que pueda poner en peligro su integridad.
La legisladora Sánchez López destacó que la prevención es una herramienta clave para estar preparados ante contingencias, ya que permite evitar o reducir problemas antes de que ocurran, protegiendo el bienestar de las personas, las comunidades y el medio ambiente.
Consideró que fortalecer la capacidad de respuesta de las comunidades contribuirá a disminuir los daños materiales y humanos, especialmente ante fenómenos como las lluvias intensas, permitiendo que la población reaccione en tiempo y forma ante una posible catástrofe
by Redacción | Ene 11, 2026 | CONGRESO
SE TRATA DE UN PATRÓN DE CONDUCTA PERSISTENTE Y NO DESEADA QUE CAUSA TEMOR, ANGUSTIA O LIMITACIÓN EN LA LIBERTAD DE ACTUACIÓN DE LA VÍCTIMA: DIP. ROXANNA HERNÁNDEZ
A propuesta de la diputada Roxanna Hernández Ramírez, el Congreso del Estado aprobó el Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado, y de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, a fin de tipificar como delito el acecho.
Se indica que el acecho (o stalking en inglés) es un patrón de conducta persistente y no deseada que causa temor, angustia o limitación en la libertad de actuación de la víctima. En el contexto de la violencia de género, el acecho es un factor de riesgo significativo que puede escalar a violencia física grave o feminicidio.
De esta manera, se establece que comete el delito de acecho quien, por cualquier medio, incluido el uso de tecnologías de la información y la comunicación, así como dispositivos electrónicos, de manera reiterada, vigile, siga, persiga, busque cercanía física, o establezca contacto o comunicación no deseada con una persona, causándole temor, intimidación, o angustia, o afectación a su libertad, seguridad, integridad, o a su vida cotidiana.
Este delito se sancionará con una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de cien a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización, sin perjuicio de las sanciones correspondientes por otros delitos que resulten concurrentes.
El delito se perseguirá por querella, salvo cuando la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor; persona con discapacidad; mujer embarazada; persona perteneciente a un grupo vulnerable; exista relación de subordinación o dependencia; o el delito sea cometido por persona servidora pública, en cuyo caso se perseguirá de oficio.
Las penas previstas en el artículo anterior se incrementarán hasta el doble de la que corresponda, cuando en la comisión del delito de acecho se cause daño físico o psicológico a la víctima o a personas con quienes mantenga lazos de parentesco o afectivos; se utilicen armas u objetos peligrosos, aunque no causen daño físico; la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor; persona con discapacidad; persona gestante; o pertenezca a un grupo vulnerable; los actos se cometan en razón de género, identidad de género u orientación sexual; se ingrese, sin autorización, al domicilio, lugar de trabajo, estudio o cualquier otro espacio privado de la víctima, entre otros.
En la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se integra como parte de las definiciones de violencia psicológica el acecho.