by Redacción | May 14, 2024 | CONGRESO
SE PRESENTARON RESULTADOS DE LA ENCUESTA DE DINÁMICA FAMILIAR REALIZADA A FAMILIAS EN EL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ.
Con motivo del Día Internacional de la Familia, el Congreso del Estado en coordinación con el DIF Municipal de San Luis Potosí y el Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, SIPINNA, llevó a cabo el Taller Primer Diagnóstico de Dinámica Familiar, del Programa “Conecta con tu Familia”.
En el taller, personal del DIF Municipal de la capital presentaron los resultados de la Encuesta de Dinámica Familiar, señaló que se realizó en diversas colonias de la capital, entre 664 familias encuestadas, durante los meses de octubre a diciembre del 2023, tomando como base las estructuras de familia, el rezago social, y funcionalidad.
Precisó que como resultados de este estudio, se determinó que de las 664 familias encuestadas, el promedio de miembros por familia es de 4.06 integrantes. El 20.33% tienen al menos un miembro de la familia no nuclear, es decir está compuesto por miembros como tíos, primos, abuelos y sobrinos.
El 24.4% tienen al menos un miembro de la familia extendida del total de las familias encuestadas, es decir, amigos, yernos, cuñados con relación al jefe de familia.
Las colonias que tienen familias más numerosas son Cielo Claro, las Mercedes, Las Palmas, Dalias del Llano, Independencia y Jardines de Oriente.
En cuanto a la composición del jefe del hogar, el 59.03 por ciento corresponde a hombres y el 40.97 por ciento a mujeres, siendo las colonias como Tequisquiapan, Progreso, Tlaxcala, Industrial Aviación, Satélite, Jardines del Sur, y San Miguelito las que cuentan con mayores jefas de familia.
En cuanto a la funcionalidad familiar, se indica que la propensión del diálogo representa una herramienta importante para resolver conflictos; sin embargo, el 10 por ciento de las familias de la muestra reportan usar la agresión como método de solución de conflicto.
Los hombres suelen estar más enfocados en temáticas de reparación,
pláticas personales, visitas médicas, y tienen un menor promedio en limpieza y tareas escolares.
Respecto a la solicitud de consejos para criar a sus hijos el 32% solicita consejo a familiares con los que no vive; 5.4% a expertos; 3% a amigos y 16.5%, es decir 120 familias encuestadas, no piden consejo a nadie.
La directora del DIF Municipal, manifestó que con estos resultados se está trabajando en la implementación de talleres en los diferentes centros educativos, centros de desarrollo municipal, y con la población en general, fomentando la crianza positiva, el diálogo en pareja, para resolver de mejor manera los conflictos familiares y erradicar situaciones de riesgo o violencia.
Además, informó que se realiza la capacitación del personal de trabajo social y psicólogos, para mantener actualizados y continuar apoyando a la población en sus diferentes centros.
Para finalizar, las y los legisladores manifestaron la disposición para apoyar en estas acciones y trabajar en conjunto en la actualización de los marcos legales para la protección de niñas, niños y adolescentes.
by Redacción | May 13, 2024 | CONGRESO
PLANTEA LA OBLIGATORIEDAD DE CERCAR O BARDEAR TERRENOS QUE REPRESENTEN UN RIESGO PARA LA CIUDADANÍA
Las y los diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Territorial Sustentable del Congreso del Estado, acordaron solicitar opinión a diversos ayuntamientos de las cuatro zonas de la entidad, sobre una iniciativa de reforma al artículo 471 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado.
La iniciativa plantea que se deben bardear o cercar todos los terrenos que representen un riesgo para los ciudadanos, y quienes no cumplan esta disposición, serán sujetos de una sanción económica; sin embargo, en el trabajo de la comisión se le hicieron ajustes a la propuesta original.
Así, el dictamen establece que el bardeado solamente será obligatorio en las zonas urbanas y no se aplicará una multa a quienes no cumplan, sino que a petición del ayuntamiento el propietario del predio que represente un riesgo, deberá bardera o cercar y si no lo hace, lo hará el Ayuntamiento y lo que erogue, se le cobrarán al dueño en el impuesto predial correspondiente.
La obligación de bardear los terrenos ya existe en el Bando de Policía y Buen Gobierno de algunos Ayuntamientos de San Luis Potosí y en el caso del Ayuntamiento de la capital, la disposición se encuentra establecida en el Reglamento de Construcciones.
Las y los legisladores señalaron que no en todo el estado existen las mismas condiciones para llevar a cabo este tipo de tareas y en todo caso, se trata de medidas que deben tomarse en función de la diversas de cada municipio, por lo que sería un tema que recae en el ámbito municipal.
Es por ello que se tomó la determinación de consultar a los ayuntamientos en las diversas zonas del estado, para conocer la viabilidad de esta propuesta, si es aplicable y cuáles serían los impactos financieros, para estar en condiciones de poder emitir un voto razonado.
En la reunión de trabajo también fue aprobado el dictamen por el que se reforman los artículos segundo en su fracción I, 177 y 178 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas en el Estado de San Luis Potosí.
by Redacción | May 12, 2024 | CONGRESO
EN LA COMISIÓN DE JUSTICIA SE ANALIZA UNA INICIATIVA DE REFORMA AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO
La Comisión de Justicia del Congreso del Estado, analiza una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, para incrementar las penas en el delito de robo de identidad, cuando se cometa en agravio de personas adultas mayores de sesenta años.
Se propone que las sanciones previstas para quienes cometen este tipo de delitos, que actualmente son de tres a seis años de prisión y multa de mil a mil quinientas UMAS, se aumentarán en una mitad, a quien usurpe la identidad de una persona adulta mayor de sesenta años o más.
Se define en el Código Penal del Estado, que se comete el delito de robo de identidad de las personas, quien se atribuya por medios electrónicos, informáticos, redes sociales o cualquier otro medio, la identidad de otra persona, u otorgue su consentimiento para llevarla a cabo, causando con ello un daño patrimonial; moral o algún lucro indebido, para sí o para otra persona.
En la exposición de motivos, se indica que el uso del internet ha propiciado que se genere una identidad electrónica o identidad digital, lo cual quiere decir que se comparten en línea datos personales como son: números de tarjetas, direcciones, claves de acceso a cuentas bancarias, entre otros, lo cual ha generado el robo de identidad, fraudes cibernéticos y de datos personales. Este crimen sobre la víctima es económico, emocional y psicológico.
Se indica que la identidad, la constituyen los datos personales: nombre, dirección, teléfono, domicilio, fotografías, huellas dactilares, números de licencia y de seguridad social, incluyendo información financiera o médica, así como cualquier otro dato que permita identificar a una persona.
A nivel mundial, México ocupa el octavo lugar en robo de identidad, el cual ha ido a la alza y donde San Luis Potosí no ha sido exento, siendo la población adulta mayor de 60 años, quien se ve más propensa, por lo cual esta iniciativa busca promover, proteger y asegurar el reconocimiento y pleno goce de sus derechos.
by Redacción | May 12, 2024 | CONGRESO
SE TURNÓ A COMISIONES UNA INICIATIVA QUE PROPONE REFORMAR LA LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
Con el propósito de priorizar la opción de teletrabajo para las trabajadoras al servicio del estado que presenten embarazos de alto riesgo, se turnó a las comisiones de Trabajo y Previsión Social; e Igualdad de Género una iniciativa con Proyecto de Decreto que plantea adicionar último párrafo al artículo 36 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí.
Se explicó que de acuerdo al proyecto de decreto se establece que el la Ley de los Trabajadores al Servicio de las instituciones públicas del Estado de San Luis Potosí, titulo segundo de los trabajadores capítulo IV de las vacaciones, permisos y licencias.
En su artículo 36 se plantea que las trabajadoras embarazadas no realizarán actividades que exijan grandes esfuerzos o impliquen peligro para su salud, en relación con la gestación, gozarán de un mes de descanso antes de la fecha del parto y otros dos después del mismo, con goce de sueldo.
En la exposición de motivos se establece que la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, en su artículo segundo, que el trabajo es un derecho y un deber social, y ha de efectuarse en condiciones de equidad e igualdad entre mujeres y hombres, que aseguren la integridad física y mental, así como un nivel económico decoroso para las personas trabajadoras y su familia, en un marco de libertad y dignidad, no discriminación y libre de violencia.
La ley en su estado actual, no contempla un hecho que se presenta durante esta etapa, que son los embarazos de alto riesgo, aquellos que tienen mayor posibilidad de complicaciones. “Estos embarazos necesitan un mayor control durante la gestación, parto y postparto para evitar las posibles complicaciones, que pueden incluso poner en riesgo la vida de la madre o del bebé”, finalizó.
by Redacción | May 11, 2024 | CONGRESO
EN LA COMISIÓN DE JUSTICIA SE ANALIZA UNA INICIATIVA DE REFORMA A LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
Se turnó a la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, una iniciativa de reforma a la Ley del Notariado para el Estado de San Luis Potosí, que tiene como objetivo de que mediante convenios los notarios del estado puedan implementar programas para facilitar actos como el registro notarial de microempresas.
La iniciativa con Proyecto de Decreto, busca adicionar la nueva fracción XVI, con lo que el contenido de la actual fracción XVI, pasa a la XVII, del artículo 162 de la Ley del Notariado para el Estado de San Luis Potosí.
En la exposición de motivos de la iniciativa se informa que en San Luis Potosí, existen 97 mil 508 microempresas, que son responsables del 36.9% de los empleos en la entidad; sin embargo, al contemplar el alto nivel de ocupación laboral protagonizado por las Micros Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes), también hay que hacer notar que la economía tiene un alto componente de informalidad, que llega al 54.5% en nuestro estado, y de esos negocios informales, que en su mayoría son microempresas, cuentan con un máximo de 10 empleados.
La informalidad presenta graves inconvenientes como la evasión fiscal y la falta de prestaciones para los trabajadores, aumentando las condiciones de vulnerabilidad laboral e incertidumbre financiera, para ellos mismos, y en algunos casos también para sus familias.
También es un problema complejo que se puede abordar desde diferentes aristas, como la materia fiscal y la laboral, el desarrollo económico y su rol en el mercado, e incluso las acciones públicas orientadas a reducir esta forma de operar emprendimientos.
Uno de los primeros elementos que hay que considerar para la regularización de estos emprendimientos informales, es su constitución como una empresa formal, por medio del registro notarial correspondiente, sea a través de la figura individual de responsabilidad limitada, cuando es un solo emprendedor; o por medio de las diferentes figuras societarias, al tratarse de varias personas. Todo ello en cumplimiento de los requisitos legales, y teniendo acceso a una denominación social que identifique a la empresa.
Por estos motivos, es importante impulsar acciones que estimulen y faciliten la formalización de empresas, especialmente las microempresas; y esta propuesta de reforma, plantea que el Colegio de Notarios, a través de su Consejo Directivo, tenga la atribución de celebrar convenios con el Gobierno del Estado, para llevar a cabo campañas para ofrecer tarifas preferenciales aplicables a diversos trámites, como son, y no restringido a, testamentos y al registro de microempresas.
La constitución, por medio de registro notarial de las microempresas, es tan solo una pequeña parte de las acciones requeridas para reducir la informalidad, garantizar la recaudación y los derechos de los trabajadores, pero es necesario implementar medidas que la fomenten. Además de que, estas acciones, servirán también como un apoyo para quienes realicen su emprendimiento en cumplimiento de todas las disposiciones de ley desde el primer momento.
by Redacción | May 11, 2024 | CONGRESO
EN COMISIONES SE ANALIZA UNA INICIATIVA DE REFORMA A LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
En la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Congreso del Estado, se analiza una iniciativa de reforma a la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí, que busca a través de la orientación vocacional proveer de los elementos y herramientas necesarias para que un estudiante elija de manera consciente la carrera que estudiara.
Se establece que la orientación vocacional, es un proceso a través del cual se quiere despertar entre adolescente y jóvenes, el interés vocacional o afinidad hacia cierta carrera, ello acorde a la competencia laboral del estudiante y a las necesidades del mercado de trabajo.
La iniciativa propone adicionar el título décimo tercero y los artículos, 168, 169, 170, de la ley de Educación del Estado de San Luis Potosí, para quedar de la siguiente manera:
Título décimo tercero del Sistema Estatal de Orientación Vocacional, artículo 168. El Sistema Estatal de Orientación Vocacional es el conjunto de actores, instituciones y procesos que dotará de los elementos necesarios a los alumnos para que identifiquen la licenciatura, carrera técnica superior universitaria o profesional asociada, así como el área de desarrollo de estos, la cual deberá acorde a sus conocimientos, habilidades, competencias, aptitudes, actitudes y objetivos profesionales de cada uno.
Artículo 169. El Sistema Estatal de Orientación Vocacional deberá generar información vocacional, profesional y ocupacional actualizada. Para tal fin, el Sistema Estatal de Orientación Vocacional generará vínculos con los diversos sectores productivos, con la finalidad de incrementar la descripción del campo laboral y los requerimientos de este. Asimismo, deberá establecer convenios de participación con las universidades e instituciones de educación superior públicas y privadas del país.
Artículo 170. El Sistema Estatal de Orientación Vocacional deberá elaborar de manera conjunta con la Secretaría, programas de orientación vocacional para la elección de licenciaturas, carreras técnicas superiores universitarias o profesionales asociadas, lo cuales deberán orientar a que los alumnos centren su determinación de acuerdo a sus aptitudes, actitudes y a los intereses propios estudiante.
La Secretaría a través del Sistema Estatal de Orientación Vocacional dará seguimiento de la selección de licenciaturas, carreras técnicas superiores universitarias o profesionales asociadas, de cada alumno, desde su implementación dentro de los planes y programas en las escuelas de educación básica a nivel secundaria hasta la elección de alguna de las modalidades educativas anteriormente mencionadas.
En la exposición de motivos se explica que “la elección de una carrera o profesión a menudo se ve influenciada por la falta de información, la idealización de las opciones disponibles, la ausencia de orientación vocacional e incluso por presiones familiares”.
Los jóvenes deben elegir su profesión de manera adecuada, ya que el abandono escolar ocasionado por una falta de interés en la carrera no solo afecta en lo individual, pues por cada estudiante que abandona la universidad se tiene una pérdida económica conjunta, tanto del instituto como del Estado