{"id":70147,"date":"2024-11-19T23:22:48","date_gmt":"2024-11-20T05:22:48","guid":{"rendered":"https:\/\/ecodelahuasteca.com\/?p=70147"},"modified":"2024-11-19T23:22:51","modified_gmt":"2024-11-20T05:22:51","slug":"el-congreso-del-estado-aprobo-reformas-al-codigo-familiar-del-estado-para-establecer-acciones-de-proteccion-a-las-y-los-integrantes-de-la-familia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ecodelahuasteca.com\/?p=70147","title":{"rendered":"EL CONGRESO DEL ESTADO APROB\u00d3 REFORMAS AL C\u00d3DIGO FAMILIAR DEL ESTADO, PARA ESTABLECER ACCIONES DE PROTECCI\u00d3N A LAS Y LOS INTEGRANTES DE LA FAMILIA"},"content":{"rendered":"\n<p>SE APROB\u00d3 EL DICTAMEN QUE DA POR CONCLUIDA LA FASE DE REVISI\u00d3N Y COTEJO DEL PAQUETE DOCUMENTAL DE ENTREGA-RECEPCI\u00d3N DEL CONGRESO DEL ESTADO<\/p>\n\n\n\n<p>En Sesi\u00f3n Ordinaria, el pleno del Congreso del Estado, aprob\u00f3 por unanimidad reformas al C\u00f3digo Familiar del Estado, para establecer acciones de protecci\u00f3n a las y los integrantes de la familia.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprob\u00f3 el decreto que reforma el p\u00e1rrafo primero del art\u00edculo 11; y adiciona los p\u00e1rrafos, tercero y cuarto al art\u00edculo 11, del C\u00f3digo Familiar para el Estado de San Luis Potos\u00ed, para establecer que en los casos de divorcio incausado, donde se suscite una controversia por la convivencia de las y los menores con sus progenitores no custodios, dicha convivencia no solo sea con \u00e9stos, sino tambi\u00e9n con los familiares de ellos, es decir, con la familia ampliada.<\/p>\n\n\n\n<p>Se indica que el derecho de convivencia no podr\u00e1 ser negado arbitrariamente por quien ostente la guarda y custodia; y en los casos de controversias por cuestiones de convivencia, la autoridad jurisdiccional competente dictar\u00e1 de oficio las medidas necesarias para lograr que las y los menores ejerzan sus derechos de convivencia, siempre que \u00e9sta promueva, respete, proteja y garantice el inter\u00e9s superior del menor, lo que en ning\u00fan caso dejar\u00e1 de observarse.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se aprob\u00f3 la reforma al art\u00edculo 91, del C\u00f3digo Familiar para el Estado de San Luis Potos\u00ed, para precisar que las medidas provisionales que decrete la autoridad jurisdiccional, trat\u00e1ndose divorcio incausado, tengan como fin proteger a las y los integrantes de la familia, ya que as\u00ed abarcar\u00eda a todos los miembros de \u00e9sta, y al ser la unidad b\u00e1sica de la organizaci\u00f3n social al brindar un entorno social para el desarrollo natural y la realizaci\u00f3n personal de todos los que forman parte de ella<\/p>\n\n\n\n<p>Otros dict\u00e1menes<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprob\u00f3 el dictamen presentado por la Directiva; y las comisiones de Hacienda del Estado; y Vigilancia de la Funci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n, por el que se tiene por concluida la fase de revisi\u00f3n y cotejo del paquete documental de entrega-recepci\u00f3n, resultando procedente dar paso a la fase de aprobaci\u00f3n del paquete de entrega-recepci\u00f3n por parte del Pleno de la LXIV Legislatura.<\/p>\n\n\n\n<p>Se instruye a todos y cada uno de los \u00f3rganos del Congreso del Estado, informar a su superior jer\u00e1rquico, as\u00ed como al \u00d3rgano Interno de Control de esta Soberan\u00eda, sobre la detecci\u00f3n de irregularidades que en lo futuro pudieran surgir o ser detectadas, con la finalidad de actuar en el marco del r\u00e9gimen de responsabilidades.<\/p>\n\n\n\n<p>Declaraci\u00f3n de aprobaci\u00f3n de reformas constitucionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Se llev\u00f3 a cabo el c\u00f3mputo de votos y declaratoria de aprobaci\u00f3n por el Constituyente Permanente Potosino de Minuta que adiciona el p\u00e1rrafo quinto al art\u00edculo 8\u00ba de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de San Luis Potos\u00ed, la cual establece el derecho a la movilidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n, se llev\u00f3 a cabo el c\u00f3mputo de votos y declaratoria de aprobaci\u00f3n por el Constituyente Permanente Potosino de Minuta que reforma el primer p\u00e1rrafo de la fracci\u00f3n II, y la fracci\u00f3n III; y adiciona la fracci\u00f3n IV, por lo que se recorre la subsecuente, todas del art\u00edculo 26 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de San Luis Potos\u00ed, para ejercer el derecho a la petici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Se emiti\u00f3 la Declaratoria de caducidad de Puntos de Acuerdo turnos n\u00fameros: 5971; y 5261, de la Sexag\u00e9sima Tercera Legislatura.<\/p>\n\n\n\n<p>Punto de Acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p>A la Comisi\u00f3n de Seguridad P\u00fablica, Prevenci\u00f3n y Reinserci\u00f3n Social se turn\u00f3 el Punto de Acuerdo propuesto por el diputado Luis Emilio Rosas Montiel por el que promueve exhortar a la Secretar\u00eda de Seguridad y Protecci\u00f3n Ciudadana, a la Secretar\u00eda de Comunicaciones y Transportes, y a sus organismos hom\u00f3logos de cada uno de los municipios del Estado para que, en el marco de sus atribuciones, fortalezcan las medidas de prevenci\u00f3n de siniestros viales, priorizando siempre al peat\u00f3n y los medios de movilidad activa o no motorizados tal como se establece en la Ley General de Movilidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Reestructuraci\u00f3n de Comit\u00e9 de Investigaci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n Legislativa<\/p>\n\n\n\n<p>Se realiz\u00f3 la reestructuraci\u00f3n del Comit\u00e9 de Investigaci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n Legislativa, para quedar de la siguiente manera:<\/p>\n\n\n\n<p>Presidente: Dip. H\u00e9ctor Serrano Cortes.<br>Secretario: Dip. Carlos Artemio Arreola Mallol.<br>Vocales: Dip. Ma. Sara Rocha Medina.<br>Dip. Dulcelina S\u00e1nchez de Lira.<br>Dip. Mar\u00eda Dolores Robles Chairez.<br>Dip. Rub\u00e9n Guajardo Barrera.<\/p>\n\n\n\n<p>En Asuntos Generales, participaron la diputada Frinn\u00e9 Azuara Yarzabal, en relaci\u00f3n al D\u00eda Mundial de la Diabetes; y la diputada Leticia V\u00e1zquez Hern\u00e1ndez en conmemoraci\u00f3n del natalicio de Ponciano Arriaga.<\/p>\n\n\n\n<p>A las comisiones legislativas se turn\u00f3 la correspondencia, enviada por entes aut\u00f3nomos; ayuntamientos y organismos paramunicipales; poderes de otras entidades del pa\u00eds; y particulares, as\u00ed como las iniciativas planteadas por legisladores; el Gobernador del Estado; y ciudadanos.<\/p>\n\n\n\n<p>Agotados los asuntos, se cit\u00f3 a Sesi\u00f3n Ordinaria el pr\u00f3ximo viernes 22 de noviembre de 2024, a las 11:00 horas en el Sal\u00f3n \u201cPonciano Arriaga Leija\u201d, de Jard\u00edn Hidalgo 19.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SE APROB\u00d3 EL DICTAMEN QUE DA POR CONCLUIDA LA FASE DE REVISI\u00d3N Y COTEJO DEL PAQUETE DOCUMENTAL DE ENTREGA-RECEPCI\u00d3N DEL CONGRESO DEL ESTADO En Sesi\u00f3n Ordinaria, el pleno del Congreso del Estado, aprob\u00f3 por unanimidad reformas al C\u00f3digo Familiar del Estado, para establecer acciones de protecci\u00f3n a las y los integrantes de la familia. 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