by Redacción | May 29, 2024 | CONGRESO
HELICÓPTEROS QUE SOBREVOLARON EL SÓTANO DE LAS GOLONDRINAS CAUSARON DAÑOS IRREVERSIBLES AL MEDIO AMBIENTE Y LA FAUNA DEL LUGAR
CAUSARON LA MUERTE DE GOLONDRINAS, VENCEJOS, GUACAMAYAS, QUILAS Y OTRAS ESPECIES DE PSITÁCIDOS, ADEMÁS DE LA DESTRUCCIÓN DE NIDOS CON HUEVOS Y POLLUELOS
La presidencia de la Comisión de Fomento al Turismo del Congreso del Estado, denunció que el pasado 6 de mayo, ocurrió un evento lamentable que puso en riesgo la vida silvestre que habita el invaluable ecosistema del Sótano de las Golondrinas en el municipio de Aquismón.
Helicópteros propiedad de una empresa operadora de parques, sobrevolaron el lugar a una altura inadecuada, violando las condiciones de los permisos otorgados por las autoridades ambientales de la entidad. Este acto imprudente causó la muerte de numerosas golondrinas, vencejos, guacamayas, quilas y otras especies de psitácidos, además de la destrucción de nidos con huevos y polluelos.
El Sótano de las Golondrinas, monumento natural, ubicado en Aquismón, San Luis Potosí, no solo es hogar de miles de aves, sino que también representa un santuario de biodiversidad y un símbolo de la belleza natural de nuestra Huasteca potosina, dijo la presidenta de la comisión legislativa.
“Es imperativo que recordemos la magnificencia de El Sótano de las Golondrinas. Su profundidad, rodeada de vegetación exuberante y colmadas de vida aviar, nos ofrece un espectáculo natural incomparable. Cada amanecer y cada atardecer, el vuelo sincronizado de miles de golondrinas y vencejos es un recordatorio de la armonía de la naturaleza y de nuestra responsabilidad de protegerla”.
Abundó que “como representantes del pueblo de San Luis Potosí, tenemos el deber de asegurar que se respeten y preserven nuestras áreas naturales protegidas. La Profepa ha recibido ya tres denuncias y está llevando a cabo las investigaciones pertinentes para determinar el número exacto de aves muertas y el alcance total del daño causado. Exigimos que esta investigación se realice con la mayor rigurosidad y transparencia, y que se apliquen las sanciones correspondientes a los responsables de este atentado ecológico”.
Manifestó que “nuestro compromiso con la conservación de la biodiversidad y el respeto a la normativa ambiental debe ser inquebrantable. No podemos permitir que actos como estos queden impunes, ni que se repitan en el futuro. Hago un llamado a la unidad y a la acción: necesitamos reforzar las medidas de protección y vigilancia en nuestras áreas naturales y asegurar que todas las actividades que se realicen en ellas cumplan estrictamente con las regulaciones establecidas”.
Puntualizó que “el Sótano de las Golondrinas es un legado que debemos preservar para las futuras generaciones. Su belleza y biodiversidad son parte de la identidad de San Luis Potosí, y es nuestra responsabilidad cuidarlo con celo y dedicación”.
by Redacción | May 28, 2024 | CONGRESO
BUSCAN GARANTIZAR EL ACCESO A LA JUSTICIA Y DERECHOS FUNDAMENTALES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD O LENGUA MATERNA
EN COMISIONES ANALIZAN UNA INICIATIVA DE REFORMA A LOS ARTÍCULOS 30 Y 31 DE LA LEY DE DEFENSORÍA SOCIAL DEL ESTADO
Para garantizar el acceso a la justicia y derechos fundamentales para las personas con discapacidad o lengua materna, las comisiones de Justicia; y Derechos Humanos analizan una iniciativa de reforma a los artículos 30 y 31 de la Ley de Defensoría Social del Estado de San Luis Potosí.
Con esta reforma, se busca ampliar el alcance de los servicios de traducción e interpretación a una población más amplia, incluyendo a personas con discapacidad y personas cuya primera lengua no sea el español.
Se propone establecer que compete a los traductores e intérpretes adscritos a la Coordinación General de la Defensoría Social y de Oficio, auxiliar y asistir a las personas y comunidades indígenas, a las personas con alguna discapacidad que afecte su comunicación, así como personas cuya primera lengua no sea el español que precisen de los servicios de los mismos.
Esto debido a que actualmente, la legislación limita los servicios de traducción a las personas y comunidades indígenas. Esta limitación deja sin atención a otros grupos poblacionales que también requieren de estos servicios para acceder a la justicia y a otros derechos fundamentales.
Se indica que se busca atender a las personas con discapacidad que afecte su comunicación, que incluye a personas con sordera, hipoacusia, disartria, afasia, y otras discapacidades que afectan la capacidad de hablar o comprender el lenguaje oral.
Y también, atiende a personas cuya primera lengua no sea el español, como migrantes, refugiados, y personas pertenecientes a grupos minoritarios lingüísticos provenientes de otro país y que ahora habitan la entidad. Respecto a este último punto, cabe recordar que el desarrollo industrial y comercial de nuestra entidad ha conllevado que mucho personal de otras naciones, ahora radiquen en San Luis Potosí.
La iniciativa se analiza en comisiones legislativas para su dictamen correspondiente.
by Redacción | May 27, 2024 | CONGRESO
SE TRATA DE UNA MEDIDA JUSTA Y COMPENSATORIA A LOS USUARIOS.
El Congreso del Estado aprobó el Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal, para que, en caso de interrupción del tránsito vehicular en las supercarreteras de cuota en los tramos correspondientes al Estado de San Luis Potosí, las empresas responsables de su operación, se abstengan de cobrar peajes a los usuarios desviados hacia las carreteras libres, como medida justa y compensatoria.
Se advirtió que se han suscitado diversas situaciones en las que se ha visto afectado el tránsito vehicular en las distintas carreteras de cuota de nuestro Estado, particularmente un hecho suscitado en la región huasteca el pasado mes de febrero, en el tramo Tamasopo-Ciudad Valles, en donde se suscitó un accidente vehicular que obligo a usuarios a tomar la carretera libre, por lo que al desincorporarse de la carretera de cuota, se les realizo nuevamente la gestión de cobro, lo que representó una pérdida económica, además de la afectación al tiempo de su trayecto.
Se dijo que esta situación es un problema recurrente y no solo en autopistas de cuota, si no en todas las carreteras en nuestro país y nuestro Estado, por lo que en múltiples ocasiones, los usuarios se ven afectados al transitar estas vías terrestres, no solo por los accidentes que se suscitan, sino también por los cierres carreteros por distintos motivos.
Ante esta situación se advierte que, la planificación de los viajes de parte de las y los conductores sufre variaciones, principalmente en lo relativo al tiempo de trayecto y su expectativa de arribo a sus destinos, sin que sea responsabilidad del usuario e incluso tampoco responsabilidad de la empresa operadora del tramo carretero determinado.
También se expone que, en la mayoría de ocasiones en que suceden las situaciones referidas, se determina desviar a los usuarios de las carreteras hacia otras rutas o vías, que permita reducir el tráfico y el desahogo vehicular, sin que ello represente un beneficio para quienes transitan estas autopistas de cuota, considerando que habrían realizado ya un pago por el uso del tramo carretero y al momento de ser desviados y salir a una nueva ruta, deben de realizar un nuevo pago del peaje.
Todo ello, no sólo representa el aumento de tiempos en su recorrido, sino también las demás molestias que esto pueda representar, por lo que, la intención del Punto de Acuerdo aprobado, es exhortar a los concesionarios y operadores de autopistas de cuota en el Estado, para que en caso de cierre carretero por los diversos motivos referidos, se suspenda el cobro de los peajes durante el tiempo en que dure dicha interrupción del tránsito vehicular y con ello evitar mayor afectación a los usuarios.
by Redacción | May 27, 2024 | CONGRESO
LA RECEPCIÓN DE PROPUESTAS SERÁ DEL LUNES 27 AL VIERNES 31 DE MAYO, EN OFICIALIA DE PARTES, UBICADA EN CALLE VALLEJO 200, ZONA CENTRO.
El lunes 27 de mayo inicia la recepción de solicitudes y propuestas de las personas que deseen participar en el procedimiento para la elección de: una persona que ocupará el cargo de Comisionada Numeraria o Comisionado Numerario, y de tres personas que ocuparán el cargo de Comisionada Supernumeraria o Comisionado Supernumerario, de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, para el periodo comprendido del uno de julio de 2024 al 30 de junio de 2028
La recepción de solicitudes y propuestas será del lunes 27 de mayo al viernes 31 de mayo del año 2024, en horario de 9:00 a 15:00 horas ante la oficialía de partes del Congreso del Estado, ubicada en la planta baja del número 200 de la calle Profesor Pedro Vallejo, en el Centro Histórico de esta Ciudad Capital; serán dirigidas a la Presidencia de la Directiva del Congreso del Estado, y señalarán, nombre y edad, así como número telefónico, correo electrónico y un domicilio en esta ciudad de San Luis Potosí, para oír y recibir notificaciones.
Para ser Comisionada o Comisionado se requiere: ser mexicano y preferentemente ciudadano potosino en los términos de la Constitución Política del Estado; no haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso; ser profesionista con título legalmente expedido, con al menos tres años de experiencia y conocimiento en materia de acceso a la información, protección de datos, transparencia, rendición de cuentas y/o protección a los derechos humanos.
No haber sido Gobernador del Estado, titular de alguna de las dependencias y entidades que conforman la administración pública del Estado, Fiscal o Procurador General de Justicia del Estado, senador, diputado federal o local, presidente municipal, o dirigente de un partido político o asociación religiosa, durante el año previo al día de su elección; contar con una residencia efectiva en el Estado, cuando menos de dos años previos a su elección.
No estar en alguno de los siguientes supuestos: tener sentencia condenatoria que haya causado estado, por violencia familiar; o delitos contra las mujeres por razón de género; tener sentencia condenatoria que haya causado estado por los delitos: contra la libertad sexual; la seguridad sexual; y el normal desarrollo psicosexual, o estar registrado o registrada en el padrón de personas deudoras alimentarias morosas o en caso de serlo, demostrar que ha pagado en su totalidad los adeudos alimenticios.
Las solicitudes y propuestas de las personas que cumplan con los requisitos señalados deberán presentarse por escrito A las solicitudes y propuestas se deberán adjuntar los documentos siguientes: copia certificada y copia simple, de Acta de Nacimiento; original o copia certificada, y copia simple, de Credencial para Votar, vigente; original o copia certificada, y copia simple, de Título y Cédula, profesional; original y copia simple, de Constancia de No Antecedentes Penales expedida por la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, con antigüedad no mayor a treinta días naturales contados a partir de la publicación de la presente Convocatoria.
Original y copia simple, de Carta de Residencia expedida por el Ayuntamiento del municipio que corresponda, en donde conste que la persona solicitante cuenta con una residencia efectiva en el Estado de San Luis Potosí cuando menos dos años; original y copia simple, así como archivo electrónico, del Currículum Vitae en versión pública, acompañado de documentos que acrediten lo manifestado en el mismo y que permitan comprobar que la persona aspirante cuenta con al menos tres años de experiencia y conocimiento en materia de acceso a la información, protección de datos, transparencia, rendición de cuentas y/o protección a los derechos humanos.
Original y copia simple, así como archivo electrónico, de Proyecto de trabajo de la persona aspirante, no mayor a ocho cuartillas, en el que exponga los objetivos y acciones que regirán su actuar en el cargo, en caso de resultar electa; original y copia simple, de Constancia de No Inhabilitación para ejercer en el servicio público, expedida por el Instituto de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí, con antigüedad no mayor a treinta días naturales contados a partir de la publicación de la presente Convocatoria.
Original y copia simple, de la Constancia expedida por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, de no inscripción en el Padrón de Personas Deudoras Alimentarias Morosas del Estado.
by Redacción | May 27, 2024 | CONGRESO
Para establecer la política pública en materia de mejora regulatoria y fomentar la actividad económica en el estado, se turnó a las comisiones de Puntos Constitucionales; y Desarrollo Económico y Social, la iniciativa que reforma el párrafo primero y adiciona segundo al artículo 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.
Con esta modificación, se propone establecer que “Con la participación democrática de la sociedad, compete al Gobierno del Estado la formulación de los planes y programas de desarrollo del Estado para la consecución de una existencia digna y justa de sus habitantes, que aliente la actividad económica de los particulares, promoviendo la competitividad y el desarrollo industrial sustentable en todas las regiones del Estado.
Para ello, se deberán implementar en los órdenes de gobierno estatal y municipal, políticas públicas de mejora regulatoria que simplifiquen regulaciones, trámites, servicios, de conformidad con la Ley General de Mejora Regulatoria”.
Se señala en la exposición de motivos que si bien en nuestro Estado ya existe una ley en la materia, denominada Ley de Mejora Regulatoria para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, es necesario elevar la Política Pública a nivel de la Constitución de nuestro Estado, para lograr una mayor permanencia y estabilidad,
Esto también brindará mayor jerarquía y fuerza normativa; legitimación y consenso social; una limitación del poder discrecional del gobierno con el objetivo de proteger los derechos de los ciudadanos y a garantizar que la política se implemente de manera justa y equitativa; y es una señal de compromiso del Estado, al contar con una señal clara del compromiso del Estado con la implementación de dicha política, para atraer inversiones y generar confianza en la sociedad.
La iniciativa será analizada en comisiones legislativas.
by Redacción | May 25, 2024 | CONGRESO
SE PROPONE ADICIONAR LA LEY DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE SAN LUIS POTOSÍ.
Con el objetivo de promover la inclusión y diversidad en la integración del Consejo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, fortaleciendo así su capacidad para atender las necesidades de los grupos en situación de vulnerabilidad, se turnó a la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, la iniciativa que busca adicionar la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí.
Con esta adición se establecería que para la integración del Consejo, el Congreso del Estado considerará la situación de vulnerabilidad y la diversidad, en términos de origen étnico, discapacidad, identidad de género, edad y trasfondo cultural.
La exposición de motivos de la iniciativa destaca la importancia de garantizar que la Comisión Estatal de Derechos Humanos sea inclusiva y representativa de la diversidad de la sociedad.
Se subraya que, de acuerdo con la Ley, las acciones de la Comisión se orientan a la protección de los derechos de todas las personas, incluyendo aquellas en circunstancias específicas de vulnerabilidad.
Se define la condición de vulnerabilidad como aquella en la que se encuentran personas que enfrentan dificultades para ejercitar plenamente sus derechos ante el sistema de justicia, debido a diversos factores como la edad, el género, la orientación sexual, la identidad de género, la discapacidad, entre otros.
El proyecto de decreto propuesto también destaca la importancia del Consejo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, cuyas atribuciones incluyen conocer quejas, establecer sistemas de monitoreo, coordinarse con el Gobierno estatal y municipal, presentar denuncias y emitir recomendaciones para la protección, promoción y defensa de los derechos humanos en el Estado.
Se enfatiza que la inclusión de criterios de vulnerabilidad y diversidad en la integración del Consejo no pretende imponer prioridades absolutas sobre otros requisitos, sino complementar los criterios existentes para garantizar una representación plural y efectiva en la Comisión.
La iniciativa, presentada ante el Pleno del Congreso del Estado, busca asegurar que las personas en situación de vulnerabilidad puedan incidir directamente en la defensa de sus derechos a través de los cauces institucionales, promoviendo así una mayor diversidad en los organismos encargados de velar por la protección de los derechos humanos en el estado.