SLP SE SUMARÁ AL EXHORTO AL CONGRESO DE LA UNIÓN PARA QUE SE CONTEMPLEN RECURSOS PARA EL PROGRAMA DE “PUEBLOS MÁGICOS”

EN COMISIONES APRUEBAN EL EXHORTO AL CONGRESO DE LA UNIÓN

La Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, se adhiere al exhorto remitido por el Congreso del Estado de Querétaro al Congreso de la Unión, para que en los siguientes presupuestos se considere una asignación específica para el programa “Pueblos Mágicos.”

En sesión de trabajo de la Comisión de Hacienda del Estado de la LXIII Legislatura, donde las y los diputados, aprobaron el Punto de Acuerdo que, permite sumarse al Congreso de San Luis Potosí, al planteamiento que hizo el Congreso del Estado de Querétaro, tomando en cuenta que el Gobierno Federal pueda destinar recursos económicos en lo particular para la declaratoria de Pueblos Mágicos como se hacía en años anteriores y que permitió el desarrollo por la economía que representaba en materia turística para aquella región donde se logró su declaración.

Se recordó que en San Luis Potosí, se cuenta con 6 municipios que cuentan con la declaratoria de Pueblos Mágicos, y los más recientes fueron Ciudad del Maíz y Tierra Nueva.

Por lo anterior, se aprobó por unanimidad el Punto de Acuerdo para que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, se adhiere al exhorto que en ejercicio de sus atribuciones constitucionales realizó el Congreso del Estado de Querétaro, solicitando de igual manera a la Cámara de Diputados, que incluya en la Ley de Presupuesto de Egresos de la Federación una asignación presupuestal específica para la conservación y desarrollo de los Pueblos Mágicos de todo el país.

La Estrategia Nacional para impulsar el desarrollo de los Pueblos Mágicos, se instrumentará por la Secretaría de Turismo a partir de un proceso participativo, incluyente y transversal, con la participación de las entidades federativas, municipios y alcaldías, en el ámbito de su competencia, así como con la colaboración de los sectores social y privado, mediante la suscripción de los instrumentos jurídicos correspondientes.

APRUEBAN EN COMISIONES REFORMAS PARA GARANTIZAR ATENCIÓN INTEGRAL Y DIGNA A MUJERES DURANTE EL EMBARAZO, PARTO Y POSTPARTO Y CASOS DE MUERTE GESTACIONAL, PERINATAL O NEONATAL

EL LLAMADO “CÓDIGO MARIPOSA” INTEGRA ACCIONES ESPECÍFICAS Y LA PROPUESTA SURGIÓ DEL PARLAMENTO DE LAS MUJERES

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, aprobaron reformas a la Ley de Salud del Estado para que el sistema de salud garantice la atención integral a las mujeres durante el embarazo, el parto y el postparto, incluyendo los casos en los que haya muerte gestacional, perinatal o neonatal, basada en evidencia científica, sensible psicológica y culturalmente, en un marco de derechos humanos y trato digno.

El llamado “Código Mariposa” establece las acciones para la atención integral y multidisciplinaria de la muerte fetal y perinatal, a fin de garantizar el trato digno, el respeto y la protección de los derechos humanos, y el bienestar físico, psíquico y emocional de las mujeres, así como de las personas que las acompañen, en términos de la normatividad que para tal efecto emita la Secretaría de Salud.

Con esta reforma, el personal sanitario tiene el deber de proporcionar atención, acompañamiento, seguimiento psicológico y emocional a las mujeres que hayan sufrido muerte gestacional, perinatal o neonatal para salvaguardar su salud mental. Las autoridades sanitarias capacitarán al personal profesional, auxiliar y técnico de la salud para abordar integralmente, con sentido ético, respetuoso y humanitario, la gestacional, perinatal y neonatal.

En los servicios de salud se promoverá la organización institucional de comités de prevención de la mortalidad materna, fetal, perinatal e infantil a efecto de conocer, registrar, sistematizar y evaluar el problema y adoptar las medidas conducentes, en términos que establezca la Secretaría de Salud.

Define establecer, garantizar y divulgar del derecho de todas las mujeres a estar acompañadas por una persona de su confianza y elección, salvo por razones de seguridad sanitaria o porque se derive de ello un riesgo clínicamente justificado, en cuyo caso deberá facilitarse la comunicación remota durante el trabajo de parto y el postparto, con fines de apoyo psicológico, y establece cuando menos un banco de leche humana en la entidad federativa en alguno de sus establecimientos de salud que cuente con servicios neonatales. Dichos bancos deberán contar con los protocolos necesarios para recibir leche humana de mujeres en periodo de lactancia que tengan un excedente de producción láctea, así como mujeres con pérdida gestacional, perinatal o neonatal.

En casos de muerte gestacional, perinatal o neonatal, las mujeres tendrán derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz, así como la orientación necesaria tanto de los procesos de inhibición fisiológica o farmacológica de la lactancia como de los correspondientes a la donación de leche humana.

Las legisladoras señalaron que esta iniciativa surgió del Parlamento de las Mujeres y apuntala las acciones que ya se toman por parte de las autoridades de salud en el Hospital Central, donde hay una sala específica para brindar esta atención; ahora será en todo el estado y podría involucrarse en su momento, al sistema IMSS-Bienestar.

El dictamen será turnado a consideración del Pleno para su análisis y votación correspondiente.

EL CONGRESO DEL ESTADO APROBÓ LA CONVOCATORIA PARA PROPONER A LA PERSONA QUE SE ESTIME MERECEDORA DE LA PRESEA AL MÉRITO “PLAN DE SAN LUIS”, AÑO 2023

LA RECEPCIÓN DE CANDIDATURAS INICIARÁ A LAS 9:00 HORAS DEL DÍA 01 DE ABRIL DE 2024, Y CONCLUIRÁ A LAS 14:00 HORAS DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL MISMO AÑO

La LXIII Legislatura del Congreso del Estado aprobó en Sesión Ordinaria, la Convocatoria a la ciudadanía en general para que proponga a la persona que se estime merecedora de la Presea al Mérito “Plan de San Luis”, año 2023, galardón que se confiere como reconocimiento a personas potosinas que, a través de su obra intelectual, política, y social, o por sus actos cívicos y ejemplar servicio, contribuyen a las mejores causas del pueblo mexicano.

La recepción de candidaturas iniciará a las 9:00 horas del día 01 de abril de 2024, y concluirá a las 14:00 horas del día 12 de abril de la misma anualidad, en la oficialía de partes del Honorable Congreso del Estado, sito en calle Prof. Pedro Vallejo No. 200, centro histórico, en la Ciudad de San Luis Potosí, así como en las oficialías de partes de los 58 ayuntamientos de la Entidad, en días hábiles y en horarios de oficina.

Las candidaturas se entregarán en sobre cerrado e incluirán: nombre completo, domicilio y currículo vitae de la persona propuesta, así como lo documentos que, a juicio del proponente, justifiquen los méritos para obtener el galardón, del ciudadano en vida y post mortem.

Se establece que el Congreso del Estado entregará la Presea al Mérito “Plan de San Luis”, Año 2023, en Sesión Solemne el día 22 de abril de 2024.

Otros dictámenes

Se aprobó por unanimidad el Decreto que reforma el artículo 10 en su primer párrafo; y adiciona al mismo artículo dos párrafos este como penúltimo y último de la Ley de Adquisiciones del Estado de San Luis Potosí, para establecer que las autoridades y demás entes públicos estatales y municipales, deberán verificar que los bienes o servicios que en su contratación se adjudiquen a los proveedores o licitantes, al entregarse y recibirse, cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas vigentes, que resulten aplicables.

El incumplimiento a lo anterior, generará responsabilidades administrativas en contra del servicio público, esto independientemente de las sanciones penales que procedan conforme a derecho.

Se aprobó por unanimidad la reforma el artículo 54 en su fracción XII, y adiciona al mismo artículo 54 la fracción XIII, por lo que la actual XIII se recorre para quedar como fracción XIV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, para establecer la obligación de los titulares de las unidades de transparencia para rendir informe anual ante el cabildo del municipio o ante la junta u órgano de gobierno de la institución a la que pertenezca, el cual contendrá una exhaustiva recopilación de información destinada a proporcionar una visión integral de acciones y resultados obtenidos en el ámbito de la transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.

Por unanimidad, se aprobó la reforma, los artículos, 3° en su fracción IX, y 8° en su fracción III, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de San Luis Potosí, para incluir dentro de la definición que la ley proporciona de “datos personales sensibles”, los datos personales que hagan identificables a niñas, niños y adolescentes. Por otra parte igualmente busca establecer que, para el tratamiento de datos personales de niñas, niños y adolescentes, se deberá contar con el consentimiento expreso y por escrito de quien ejerza la patria potestad, tutela o guarda y custodia.

También fue aprobado por unanimidad, el Decreto que reforma el Transitorio Segundo del artículo segundo relativo a la reforma del artículo 93 TER; adicionar un Capítulo VI denominado de los “Impuestos Ecológicos” al título segundo de los “Impuestos”, con sus secciones primera y segunda y sus artículos 36 bis, 36 ter, 36 QUATER, 36 QUINQUE, 36 SEXTIES, 36 SÉPTIES, 36 OCTIES Y 36 NONIES y derogar el inciso a) de la fracción V del artículo 66, de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí, del Decreto 0898 publicado en edición extraordinaria del Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis” el lunes 18 de diciembre de 2023, con el objetivo de aplazar la entrada en vigor del impuesto por la emisión de gases contaminantes a la atmosfera del día 1° de abril, al 10 de junio del presente año, para que el Gobierno del Estado cuente con mayor tiempo para promover el conocimiento y formas de aplicación del nuevo impuesto y sus reglas de operación ante los sujetos obligados.

Punto de Acuerdo

Se aprobó que la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado exhorta al Secretario de Educación del Gobierno del Estado, a que por medio de las Unidades Regionales de Servicios Educativos

SE GARANTIZA LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

EL CONGRESO DEL ESTADO APROBÓ REFORMAS A LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO

Con el objetivo de asegurar la protección de los datos personales de niñas, niños y adolescentes, el pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a los artículos, 3° en su fracción IX, y 8° en su fracción III, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de San Luis Potosí.

Mediante esta reforma, se incluye en la definición que la ley proporciona de “Datos Personales Sensibles”, los datos personales que hagan identificables a niñas, niños y adolescentes, ya que la relevancia de sus datos personales se potencializa al ser un grupo vulnerable en razón de su edad y etapa de desarrollo, con independencia de la interseccionalidad del grupo; de ahí que se requiera la obligada intervención del Estado para brindarles una mayor protección a la luz del principio del interés superior de la niñez.

También, se establece que, para el tratamiento de datos personales de niñas, niños y adolescentes, se deberá contar con el consentimiento expreso y por escrito de quien ejerza la patria potestad, tutela o guarda y custodia.

Esto, debido a que la representación legal de niñas, niños y adolescentes corresponde a quienes ejercen la patria potestad o la tutela, es que resulta viable y pertinente modificar la ley, para los efectos de establecer como requisito para el tratamiento de datos personales sensibles, contar con el consentimiento expreso y por escrito de quienes ejerzan la patria potestad, o tutela, cuando se trate de datos personales de niñas, niños y adolescentes

Se indica que los “datos personales sensibles” revisten una mayor relevancia en razón del grado de especificidad de los datos, mismos que se refieren a la esfera más íntima de su titular, y cuyo conocimiento puede resultar en un riesgo grave para la persona en cualquiera de los ámbitos de su vida.

Así, la protección de datos personales es la facultad de control de la información personal sobre su uso y destino, con el propósito de impedir que su circulación lesione los derechos de las personas.

EXHORTAN A LA JUNTA ESTATAL DE CAMINOS REALICE UN ANÁLISIS DEL TRAZO DEL CAMINO QUE CONDUCE A LA ZONA ARQUEOLÓGICA DE TAMTOC

ES IMPERATIVO TOMAR MEDIDAS PARA REMEDIAR EL CAMINO QUE LLEVA A ESTE LUGAR HISTÓRICO Y CULTURAL

El Congreso del Estado aprobó el Punto de Acuerdo, por el cual se exhorta a la Junta Estatal de Caminos del Gobierno del Estado de San Luis Potosí para que en el marco de sus atribuciones, lleve a cabo el análisis del trazo del camino que conduce del entronque de la carretera Tamuín – San Vicente al acceso a la zona arqueológica de Tamtoc.

Esto, con el fin de determinar si es necesario llevar a cabo modificaciones al mismo; y de igual forma para que a la brevedad se lleve a cabo su remediación, en concordancia con lo establecido en el Plan Estatal de Desarrollo 2021 – 2027 del Gobierno del Estado de San Luis Potosí.

Se indica que dada la importancia del sitio arqueológico de Tamtoc y la necesidad de mantener la conectividad para el desarrollo agropecuario de la región, es imperativo tomar medidas para remediar el camino que lleva a este lugar histórico y cultural.

La carretera también es vital para el turismo arqueológico, una fuente de ingresos para la comunidad local y un medio para promover la historia y la cultura de la región.

La Dirección de Protección Civil tiene la responsabilidad de evaluar la seguridad de las infraestructuras y carreteras, particularmente en áreas cercanas a cuerpos de agua, por lo que es fundamental que emita un dictamen sobre el estado del camino y el riesgo que representa para los usuarios, incluyendo turistas y habitantes locales.

Es importante determinar si el camino ha experimentado cambios en su trazado original con el paso del tiempo, y en su caso, se determine lo conducente para llevar a cabo su remediación, garantizando la seguridad de los usuarios y la preservación del sitio arqueológico.

Se indica que la zona arqueológica de Tamtoc, ubicada en el municipio de Tamuín, San Luis Potosí, es un sitio de gran importancia histórica y cultural, que representa un patrimonio invaluable que atrae a turistas, académicos y entusiastas de la arqueología de todo el país y el extranjero.

SE DARÁ MAYOR CERTEZA A LA PLANEACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE APOYO A LAS EXPORTACIONES

EL CONGRESO DEL ESTADO APROBÓ REFORMAS A LA LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO SUSTENTABLE Y LA COMPETITIVIDAD DEL ESTADO

Con la finalidad de definir el contenido del Programa Integral de Exportaciones, el Congreso del Estado aprobó la modificación al artículo 59 el párrafo segundo y 4 fracciones éstas como I a IV, de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad del Estado de San Luis Potosí.

De esta manera, se establece que el contenido mínimo del Programa debe tener los siguientes elementos: objetivos sexenales en armonía con el Plan Estatal de Desarrollo; identificación de rubros productivos de exportación y de aquellos con potencial; estrategias a realizar para el cumplimiento del cometido de esta Ley en materia de exportación, y acciones generales a realizar en materia de asesoría, capacitación, apoyo y promoción.

La primera fracción propuesta, se orienta a que el Programa siga los principios de la Ley de Planeación del Estado y Municipios de San Luis Potosí, que establece la conformación del Plan Estatal de Desarrollo, como el instrumento programático de mayor importancia en el estado, al cual se deben apegar los demás que guíen las acciones de la administración pública del Estado.

Por lo que el Programa de Exportaciones, al estar dentro de las atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Económico, se encuentra en ese supuesto. Con ello, se espera contar con mayor coherencia y solidez en la planeación de las acciones de un rubro tan importante como la exportación.

Se indica que las actividades económicas vinculadas a la exportación, guardan una gran importancia para la economía de nuestro Estado, e incluso pueden todavía desarrollar más su potencial, contribuyendo al crecimiento del estado así como al desarrollo en lo cualitativo, con la generación de nuevos empleos.

San Luis Potosí en años recientes ha desarrollado su capacidad de exportación; ya que, según la Secretaría de Desarrollo Económico del Estado en el año 2011, sus exportaciones totales fueron de 5 mil 756 millones de dólares, y para el año 2019, antes del descenso global de demanda causado por la pandemia, las exportaciones llegaron a 15 mil 515 millones de dólares, por lo que se triplicaron.

Y en ese último año el sector manufacturero contribuyó con un 99.3% de esas exportaciones, siendo los principales subsectores, la fabricación de equipo de transporte, es decir autopartes, fabricación de maquinaria y equipo, fabricación de accesorios y aparatos eléctricos e industria metálica básica.

Los principales países destino de las exportaciones del estado son: Estados Unidos, Canadá, Brasil y China. Respecto al tamaño de las industrias involucradas en nuestro estado, el 91.4% de las operaciones de las grandes industrias son de exportación e importación; sin embargo, no hay que desdeñar el rol de las medianas, pequeñas y micro industrias, ya que respectivamente sus porcentajes del total de sus operaciones vinculadas a exportación e importación, son: 84.2%, 62.1% y 36.4%.4 Por lo tanto, es dable afirmar que la industria potosina está profundamente vinculada al comercio exterior.